El Comité Legal y de Política de CRASA —la asociación de reguladores de telecomunicaciones del sur y este de África— abrió formalmente una sesión de trabajo dedicada a inteligencia artificial, gobernanza de datos y regulación regional de las TIC. El encuentro señala un punto de inflexión: los reguladores de una de las regiones con mayor crecimiento de infraestructura digital del mundo reconocen que sus marcos normativos no están diseñados para los ecosistemas de datos actuales. Para América Latina, que enfrenta el mismo desfasaje entre velocidad tecnológica y capacidad regulatoria, el movimiento africano ofrece una referencia metodológica concreta.
CRASA y los 16 reguladores que coordinan el sur de África
CRASA (Communications Regulators’ Association of Southern Africa) agrupa a las autoridades regulatorias de telecomunicaciones de 16 países del sur y este del continente africano. Su Comité Legal y de Política actúa como espacio de armonización normativa: cuando ese comité abre una sesión específica sobre IA y gobernanza de datos, no está explorando tendencias académicas sino evaluando si los instrumentos regulatorios existentes —licencias, obligaciones de reporte, regímenes de acceso a infraestructura— son suficientes para gobernar flujos de datos transfronterizos, sistemas automatizados de decisión y modelos de IA desplegados por operadores con presencia regional. Según se informó, la agenda incluyó el análisis del estado de avance de los marcos nacionales frente a los requerimientos de la economía digital.
Por qué un comité de telcos discute gobernanza de datos en 2025
La convergencia entre regulación de telecomunicaciones y gobernanza de datos no es una anomalía: es la consecuencia lógica de que los operadores de redes son, simultáneamente, los mayores recolectores de datos de comportamiento, geolocalización y comunicaciones de sus países. Cuando un regulador TIC fija condiciones para una licencia de operación, está —aunque no lo nombre explícitamente— estableciendo quién tiene acceso a qué datos, bajo qué condiciones y con qué obligaciones de retención. El Comité de CRASA está haciendo explícito algo que en muchas jurisdicciones permanece implícito: la regulación de infraestructura digital es, en el fondo, una forma de gobernanza de datos.
Desde la perspectiva del DAMA-DMBOK, esto equivale a reconocer que el “data ownership” no puede resolverse solo dentro de las organizaciones —requiere un marco externo que defina derechos, responsabilidades y mecanismos de control a nivel sectorial y regional. Los reguladores africanos están intentando construir ese marco colectivamente, algo que en América Latina todavía se hace de manera fragmentada y fundamentalmente reactiva.
Brasil, México y Colombia: tres velocidades en el mismo problema
América Latina no parte de cero. Brasil cuenta con la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD, Lei nº 13.709/2018) y con la ANPD como autoridad de aplicación, que en 2024 emitió regulaciones sobre agentes de tratamiento y bases legales. Sin embargo, la ANPD no tiene mandato explícito sobre gobernanza corporativa de datos más allá de lo que impone la LGPD: no puede exigir que una empresa implemente un catálogo de datos, defina data stewards o mantenga linaje documentado, a menos que esa ausencia derive en una violación de los principios de seguridad o minimización de la ley.
México opera bajo la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP, 2010) y el INAI como regulador, con un marco centrado en derechos ARCO que tiene escasa incidencia en cómo las empresas organizan internamente sus arquitecturas de datos. Colombia, por su parte, cuenta con la Ley 1581 de 2012 y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que ha avanzado en orientaciones sobre transferencias internacionales, pero aún no emitió guías técnicas sobre gestión del ciclo de vida del dato equivalentes a las que se esperan de un marco CDMC. El resultado es que las tres jurisdicciones más grandes de la región tienen marcos de privacidad razonablemente maduros pero marcos de gobernanza de datos corporativa virtualmente inexistentes desde el ángulo regulatorio.
Lo que los CDOs de la región pueden tomar del modelo CRASA
El valor del enfoque de CRASA no está en sus resoluciones —que todavía no se conocen públicamente— sino en su método: un comité sectorial que evalúa sistemáticamente si los instrumentos regulatorios existentes son adecuados para los activos de datos que los operadores manejan. Ese ejercicio de mapeo —”¿tenemos cobertura normativa para este tipo de dato, este tipo de sistema, este tipo de flujo transfronterizo?”— es exactamente lo que los marcos de gobernanza maduros como DCAM (Data Capability Assessment Model del EDM Council) proponen hacer a nivel organizacional.
Un CDO en Argentina, Brasil o Colombia puede tomar ese modelo y aplicarlo internamente: mapear las capacidades de gobernanza existentes contra los requerimientos que la regulación sectorial ya impone —comunicaciones al BCRA bajo la Comunicación A 8073 para bancos argentinos, reportes de incidentes a la ANPD bajo el artículo 48 de la LGPD, o notificaciones a la SIC en Colombia— e identificar las brechas reales. Ese mapeo es el punto de partida para un roadmap de gobernanza que no sea aspiracional sino jurisdiccionalmente anclado. La semana que viene es una buena fecha para abrir ese inventario: quién es el data steward de cada dominio regulado, qué linaje está documentado, qué no.
Qué monitorear: la agenda regulatoria TIC en LATAM durante el segundo semestre de 2025
El movimiento de CRASA coincide con una ventana activa en la región. En Chile, la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales —promulgada en diciembre de 2024 y con entrada en vigor escalonada— incluye obligaciones de seguridad y gobernanza que van más allá de los marcos anteriores. En Perú, la Ley 29733 está bajo revisión legislativa. En Brasil, la ANPD tiene en su agenda la regulación de decisiones automatizadas. Ninguno de estos procesos cuenta aún con un comité equivalente al de CRASA —un espacio de armonización técnica entre reguladores— lo que hace que el intercambio de experiencias entre países siga dependiendo de foros informales o de la intermediación de organismos como la CEPAL o la OEA.
Nuestro análisis
La sesión de CRASA importa menos por lo que resuelva que por lo que institucionaliza: la gobernanza de datos como agenda regulatoria sectorial, no solo como obligación de privacidad individual. Esa distinción es crucial. Mientras los marcos latinoamericanos siguen atando gobernanza de datos a derechos de titulares —un enfoque necesario pero insuficiente—, otros bloques regionales están construyendo la capa de gobernanza corporativa e interoperabilidad que permite que esos derechos sean ejercibles en la práctica. Una empresa que no sabe qué datos tiene, dónde están y quién es responsible de cada dominio no puede responder un DSAR en 30 días ni notificar una brecha en 72 horas. El orden lógico es: gobernanza primero, cumplimiento como resultado. Eso es lo que CRASA, al menos en el papel, está intentando formalizar.
La pregunta concreta para los equipos de datos en la región: ¿puede su organización responder hoy, sin buscar en carpetas, quién es el data steward de cada sistema que toca datos regulados? Si la respuesta es no, ese es el primer gap que documentar.





