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Reconocimiento facial en tiempo real llega al metro de Londres

LR
La Redacción
12 de ago de 2026 · 4 min de lectura
Reconocimiento facial en tiempo real llega al metro de Londres

La policía ferroviaria británica comenzó a desplegar reconocimiento facial en vivo en el metro de Londres, con la estación Victoria como primer punto de implementación. La medida activa alertas entre organizaciones de privacidad, que advierten que la tecnología está dejando de ser excepcional para volverse rutinaria en el espacio público.

El sistema, operado por la British Transport Police (BTP), permite identificar en tiempo real a personas que circulan por las instalaciones del Underground comparando sus rostros contra bases de datos de individuos buscados. No se trata de un piloto experimental: según se informó, la decisión es operativa y el despliegue progresivo comenzó en agosto de 2026. La elección de Victoria —una de las estaciones con mayor tráfico de pasajeros en toda la red— no es menor: cualquier tecnología instalada ahí alcanza escala masiva desde el primer día.

Por qué Victoria y por qué ahora

El argumento de las autoridades sigue el patrón estándar de seguridad pública: identificar sospechosos, prevenir delitos, proteger a los viajeros. Lo que distingue este caso es la velocidad con que el reconocimiento facial en vivo pasó de ser una tecnología cuestionada a una herramienta operativa normalizada en el Reino Unido. La policía metropolitana de Londres ya la venía usando en exteriores; extenderla al subterráneo cierra el círculo de vigilancia en los desplazamientos cotidianos de millones de personas. Grupos como Big Brother Watch llevan años documentando las tasas de error de estos sistemas —en particular su desempeño desproporcionadamente peor con personas de piel oscura— sin que eso haya frenado la expansión.

El marco legal que habilita —y el que no regula— la biometría masiva en el Reino Unido

En el Reino Unido post-Brexit, el régimen de protección de datos está contenido en el UK GDPR y la Data Protection Act 2018. Los datos biométricos califican como categoría especial, lo que en teoría exige una base legal reforzada para su tratamiento. Sin embargo, la excepción de prevención e investigación de delitos —artículo 10 de la DPA 2018— ha operado como puerta de entrada para estos despliegues sin que exista una ley específica sobre reconocimiento facial en espacios públicos. El Information Commissioner’s Office (ICO) ha emitido advertencias pero no ha bloqueado ningún despliegue policial. El resultado práctico es una tecnología que avanza más rápido que su propio marco normativo.

Cuándo aplica el reconocimiento facial en vivo y cuándo no debería

Los defensores del sistema distinguen entre reconocimiento facial retrospectivo —analizar imágenes ya capturadas tras un delito— y reconocimiento en vivo, que implica identificar personas en tiempo real sin causa previa. El primero tiene amparo jurídico más sólido; el segundo introduce vigilancia masiva de facto sobre toda persona que transite por el área monitoreada, con independencia de si es buscada o no. La diferencia es constitucional: el reconocimiento en vivo invierte la presunción de inocencia al tratar a todos los transeúntes como sujetos de escrutinio policial preventivo.

América Latina: el mismo debate, marcos regulatorios más débiles

Lo que ocurre en el Underground de Londres es un espejo adelantado de tensiones que ya se viven en la región. En Buenos Aires, el sistema de reconocimiento facial en el espacio público fue suspendido en 2022 por orden judicial tras comprobarse errores de identificación y uso irregular de la base de datos; la causa involucró a la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). En Brasil, la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD) clasifica los datos biométricos como datos sensibles bajo el artículo 11, pero no existe aún una prohibición expresa del reconocimiento facial en vivo por parte de autoridades de seguridad. En México, la LFPDPPP regula el tratamiento de datos biométricos en el sector privado con mayor precisión que en el sector público, donde los marcos son más difusos. Colombia avanza en una reforma integral a su Ley 1581 de 2012, pero el uso policial de biometría no está en el centro del debate legislativo actual. En ningún país de la región existe hoy una norma que fije con claridad los requisitos de proporcionalidad, supervisión judicial previa y auditoría de sesgos para el reconocimiento facial en vivo en espacios públicos.

La pendiente normativa: de la excepción al estándar

La advertencia de los grupos de privacidad británicos apunta a un riesgo sistémico que trasciende la geografía: cuando una tecnología se normaliza operativamente antes de que exista regulación específica, el costo político de prohibirla o revertirla crece con cada despliegue adicional. El Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (AI Act), que entró en vigor en agosto de 2024, prohíbe en su artículo 5 el uso de sistemas de identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos para propósitos policiales, con excepciones acotadas. Ese estándar no aplica al Reino Unido ni a ningún país latinoamericano, pero constituye hoy la referencia de más alto rango disponible para legisladores que quieran establecer límites.

El texto íntegro del AI Act, incluyendo las prohibiciones de biometría en tiempo real, está disponible en el Diario Oficial de la Unión Europea (Reglamento 2024/1689). Para el debate regional, el fallo judicial de Buenos Aires de 2022 y la resolución de la AAIP asociada siguen siendo la referencia jurisprudencial más concreta de América Latina sobre los límites del reconocimiento facial en el espacio público.

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