La Unión Europea y América Latina celebraron en octubre de 2025 la segunda edición del Diálogo de Alto Nivel UE-LAC sobre Gobernanza de Datos, un foro que busca tender puentes regulatorios entre dos regiones con marcos legales en distintos estadios de madurez. La iniciativa, articulada desde el Consejo de Europa, señala que la conversación ya no es técnica sino política: quién define los estándares globales de cómo se gestionan, comparten y protegen los datos.
El encuentro, según se informó desde el sitio oficial del Consejo de Europa (coe.int), reunió a representantes de alto nivel de ambas regiones para discutir marcos de interoperabilidad, flujos transfronterizos de datos y principios comunes de gobernanza. No es un evento aislado: su carácter de “segunda edición” implica que existe una agenda de largo plazo, con continuidad institucional y compromisos que se acumulan de un encuentro al siguiente.
Qué está en juego: flujos de datos transfronterizos entre la UE y 6 economías clave de LAC
El comercio digital entre Europa y América Latina depende, en medida creciente, de la capacidad de transferir datos de manera legal y predecible. La UE tiene una posición clara: sus ciudadanos solo pueden exportar datos personales a países que garanticen un nivel de protección “adecuado” según el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos). En América Latina, solo Uruguay cuenta con una decisión de adecuación vigente ante la Comisión Europea. Argentina la tuvo, pero su marco —la Ley 25.326, con más de dos décadas de antigüedad— está bajo revisión y el proceso de reconfirmación es incierto.
Brasil, con su Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD, Lei 13.709/2018) y la Autoridade Nacional de Proteção de Dados (ANPD) ya activa, es el candidato más visible para aspirar a una decisión de adecuación en el mediano plazo, aunque ese proceso aún no está formalmente iniciado. México, Colombia, Chile y Perú operan bajo marcos propios —la LFPDPPP, la Ley 1581, la Ley 19.628 en revisión, y la Ley 29.733, respectivamente— que varían enormemente en cobertura, enforcement y alineación con los estándares europeos. Este mosaico regulatorio es exactamente el problema que el diálogo UE-LAC intenta abordar.
El Convenio 108+ del Consejo de Europa como denominador común posible
El marco de referencia que el Consejo de Europa promueve en este tipo de foros es el Convenio 108+, la versión modernizada del tratado internacional sobre protección de datos, abierto a países no europeos. Argentina, Uruguay y Cabo Verde ya son partes. México firmó el protocolo de adhesión. El Convenio 108+ funciona como un puente: adoptar sus principios —consentimiento informado, minimización, proporcionalidad, derechos del titular, supervisión independiente— no equivale a copiar el RGPD, pero sí acerca los marcos nacionales a un estándar internacionalmente reconocido. En la práctica, un país que adhiere al 108+ tiene argumentos mucho más sólidos para negociar flujos de datos con la UE.
Lo que el segundo diálogo UE-LAC sugiere es que esta conversación escaló del nivel técnico-jurídico al político. Que ministros o sus representantes directos se sienten a discutir gobernanza de datos indica que los gobiernos de la región empiezan a entender los datos como un activo estratégico en la negociación internacional, no solo como un tema de compliance sectorial.
Argentina, Brasil y Chile: tres velocidades distintas ante el mismo interlocutor europeo
Argentina atraviesa un momento peculiar: su autoridad de protección de datos, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), sigue operativa, pero el proyecto de reforma de la Ley 25.326 —impulsado en distintas versiones durante los últimos cinco años— no ha alcanzado sanción legislativa. Esa brecha debilita la posición argentina en un diálogo donde la UE mira con atención la solidez institucional del interlocutor. Brasil, por el contrario, consolidó su autoridad regulatoria y avanza en regulaciones secundarias. Chile está en proceso de implementación de su nueva Ley 21.719, que reemplaza la Ley 19.628, con un plazo de entrada en vigor fijado para 2026, y que incorpora elementos del RGPD como el delegado de protección de datos y los principios de privacidad por diseño.
Esta asimetría regional no es menor: si el diálogo UE-LAC produce algún tipo de acuerdo marco —de interoperabilidad, de reconocimiento mutuo, o de adhesión coordinada al 108+— los países con marcos más robustos estarán en mejores condiciones para beneficiarse de él. Los que lleguen tarde, o con reformas inconclusas, negociarán en desventaja.
Impacto para empresas con operaciones en ambas regiones: el costo de la fragmentación
Para una empresa latinoamericana con clientes o proveedores en Europa, la fragmentación regulatoria actual implica costos concretos: cláusulas contractuales tipo, evaluaciones de impacto cruzadas, y en algunos casos la imposibilidad de transferir ciertos datos sin mecanismos adicionales. El DAMA-DMBOK y los marcos del EDM Council identifican la gestión de datos regulados transfronterizos como uno de los dominios de mayor complejidad en gobernanza corporativa. Sin marcos de adecuación o equivalencia, las empresas deben construir soluciones ad hoc que son costosas, difíciles de auditar y poco escalables.
Un CDO que opera en una empresa con presencia en ambas regiones debería monitorear los resultados de este diálogo con la misma atención que le dedica a una actualización regulatoria doméstica. Si el diálogo UE-LAC avanza hacia un memorándum de entendimiento o una hoja de ruta para decisiones de adecuación, el impacto sobre la arquitectura de datos y los contratos de transferencia puede ser significativo.
Qué monitorear en los próximos 12 meses: Chile 2026, ANPD y el proceso de adecuación de Argentina
Tres hitos merecen seguimiento cercano. Primero, la entrada en vigor de la Ley 21.719 de Chile en 2026 y el funcionamiento de su nueva autoridad de control: será la señal más clara de si la región puede producir marcos operativos alineados con estándares internacionales. Segundo, el avance de la ANPD en regulaciones sobre transferencias internacionales y el inicio —o no— de conversaciones formales con la Comisión Europea sobre adecuación. Tercero, el destino del proyecto de reforma de la Ley 25.326 en Argentina: sin una ley moderna, la AAIP tiene margen limitado para participar como par en estos diálogos.
Nuestro análisis
El segundo diálogo UE-LAC es relevante no tanto por lo que produce de inmediato —según se informó, no hay acuerdos vinculantes anunciados— sino por lo que institucionaliza: una mesa de conversación política sobre gobernanza de datos con continuidad. Eso es nuevo. Durante años, los intercambios entre reguladores europeos y latinoamericanos fueron esporádicos y técnicos. Que ahora ocurran en formato “alto nivel” con periodicidad indica que la UE tiene interés estratégico en la región y que algunos países de LAC empiezan a responder con seriedad institucional.
El riesgo es que el diálogo se convierta en un foro de declaraciones sin consecuencias regulatorias concretas. La historia de los foros multilaterales de datos —desde el G7 Data Free Flow with Trust hasta el Osaka Track— muestra que las buenas intenciones se evaporan sin mecanismos de seguimiento, plazos y recursos. La región necesita traducir este diálogo en agendas legislativas concretas. Quienes lo hagan primero negociarán mejor.
La pregunta que este diálogo deja abierta no es si América Latina adoptará estándares europeos de gobernanza de datos, sino cuáles países de la región llegarán a tiempo para influir en cómo se definen esos estándares, y cuáles los recibirán ya hechos.





