Un acuerdo judicial entre Meta y una coalición de fiscales generales de Estados Unidos obliga a la empresa a implementar verificación de edad en todos sus productos, con consecuencias que van mucho más allá de proteger a menores: la Electronic Frontier Foundation (EFF) advierte que el mecanismo institucionaliza la recolección masiva de datos personales de todos los usuarios, crea nuevos vectores de brecha y podría poner información sensible a disposición de investigaciones penales estatales.
El convenio, conocido como MDL Consent Judgment, fue firmado por múltiples estados y obliga a Meta a restringir el acceso de usuarios jóvenes a sus plataformas, así como a incorporar sistemas de verificación de edad en cada uno de sus productos. A primera vista, la medida parece un avance en protección infantil digital. Pero la EFF señala que la arquitectura que se construye para cumplir ese objetivo tiene un costo sistémico que recae sobre la privacidad de todos los usuarios, independientemente de su edad.
Verificación de edad universal: el precio de la protección infantil según la EFF
El problema central que identifica la EFF es estructural: cualquier sistema de verificación de edad a escala de plataforma requiere recolectar más datos personales, no menos. Al quedar embebido en cada producto de Meta por mandato judicial, ese mecanismo deja de ser una opción de diseño y se convierte en una obligación legal permanente. La EFF describe esto como “enshrining Meta’s harmful surveillance into law” —es decir, elevar a rango de derecho positivo prácticas de vigilancia que hasta ahora eran cuestionables bajo estándares de privacidad y minimización de datos.
El acuerdo también incorpora medidas de minimización de datos y requisitos de seguridad. Sin embargo, según la EFF, esas salvaguardas no impiden que los estados utilicen los datos recolectados bajo el convenio para otros fines de aplicación de la ley. Entre los ejemplos mencionados explícitamente por la organización figuran investigaciones penales sobre abortos o atención de salud afirmativa de género —materias en las que varios estados de EE.UU. han criminalizado conductas en los últimos años.
Derechos digitales en juego: expresión, asociación y anonimato bajo el nuevo marco
Más allá del debate sobre datos, la EFF apunta a un efecto práctico sobre derechos de los usuarios más jóvenes: el acuerdo reduce su acceso a productos de Meta y, con eso, su capacidad de ejercer libertad de expresión, acceso a información, cultura y comunidad. El argumento es que la respuesta regulatoria a los riesgos de las redes sociales para menores termina siendo, paradójicamente, una restricción de sus derechos digitales en lugar de una expansión de su protección. El anonimato —históricamente clave para que personas vulnerables accedan a información sobre salud sexual, identidad o derechos— también queda comprometido por la obligatoriedad de la verificación.
Qué implica este modelo para Argentina, Brasil y México
El acuerdo Meta-fiscales de EE.UU. no tiene efecto jurídico directo en América Latina, pero establece un precedente de modelo regulatorio que ya está siendo debatido en la región. Brasil avanza en la regulación de redes sociales para menores a través del Marco Legal para la Internet y proyectos de ley específicos que actualmente se tramitan en el Congreso Nacional; la ANPD (Autoridade Nacional de Proteção de Dados) tiene competencia para evaluar si las prácticas de plataformas extranjeras en el país son compatibles con la LGPD, incluyendo los mecanismos de verificación de edad. En México, la LFPDPPP no contempla expresamente la verificación de edad, pero el INAI ha señalado que los tratamientos de datos de menores requieren consentimiento parental válido y medidas reforzadas de seguridad —un estándar que sistemas de verificación universal podrían tanto satisfacer como vulnerar, dependiendo del diseño.
En Argentina, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y su autoridad de aplicación, la AAIP, enfrentan el mismo dilema: la verificación de edad como herramienta técnica puede requerir la recolección de datos sensibles —documentos de identidad, biometría, datos de menores— que la propia ley protege con estándares más altos. El proyecto de modernización de la norma, que lleva años en discusión legislativa, no ha resuelto de manera explícita cómo tratar los sistemas de verificación de edad a escala de plataforma. Colombia, bajo la Ley 1581 de 2012 y el control de la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio), enfrenta una tensión similar cuando se trata de plataformas que operan bajo jurisdicción extranjera pero tratan datos de ciudadanos colombianos.
El riesgo de datos usados para fines de seguridad del Estado
El punto más delicado del análisis de la EFF es el que conecta la recolección de datos por verificación de edad con el acceso estatal a esos datos para investigaciones penales. En el contexto latinoamericano, este riesgo no es hipotético: varios países de la región tienen marcos legales que permiten a autoridades solicitar datos a plataformas sin orden judicial previa en ciertos supuestos de seguridad pública. Una base de datos que contiene documentos de identidad o información biométrica de millones de usuarios, construida por mandato de un acuerdo judicial entre Meta y estados de EE.UU., amplía la superficie de exposición a ese tipo de solicitudes. La LGPD en Brasil y la Ley 25.326 en Argentina contemplan excepciones para requerimientos del Estado, lo que hace que el diseño del sistema de verificación —quién guarda los datos, por cuánto tiempo, bajo qué cifrado— sea una variable crítica que el acuerdo en cuestión no parece resolver de forma definitiva.
Nuestro análisis
El acuerdo Meta-fiscales de EE.UU. es un caso de manual sobre las consecuencias no deseadas de la regulación por litigio. Cuando el instrumento para proteger a menores es un sistema de verificación de edad universal, la solución se convierte en un nuevo problema de privacidad de escala mayor. No hay evidencia en el texto del acuerdo de que los estados signatarios hayan evaluado sistemáticamente el riesgo de uso secundario de los datos —incluyendo su acceso para investigaciones penales de conductas que en algunos estados son legales y en otros no. Para los reguladores latinoamericanos que observan este modelo con intención de replicarlo, la pregunta no es si proteger a los menores, sino cómo hacerlo sin construir infraestructura de vigilancia que, una vez instalada, sirva a fines muy distintos del objetivo original.
Cuando la protección de los más vulnerables se financia con los datos de todos, vale preguntarse si el costo es proporcional —y quién decide qué investigaciones merecen acceder a esa factura.





