Una ley californiana que prohíbe a adolescentes recibir contenido recomendado por otros usuarios de redes sociales sin el permiso previo de sus padres enfrenta una nueva línea de impugnación constitucional: la Electronic Frontier Foundation (EFF) argumentó ante el Noveno Circuito de Apelaciones que la SB 976 no solo restringe los derechos de las plataformas, sino también los de los propios jóvenes usuarios. Si el tribunal acoge el argumento, el fallo podría redefinir cómo los estados diseñan regulaciones de protección de menores en internet sin colisionar con la Primera Enmienda.
El caso Meta v. Bonta venía siendo discutido principalmente desde el ángulo de los servicios digitales: si California puede obligar a las plataformas a modificar sus algoritmos de recomendación cuando el usuario es menor de edad. La SB 976, promulgada en 2024, exige que los adolescentes cuenten con autorización parental antes de que sus feeds muestren contenido sugerido por otros usuarios. La discusión jurídica inicial se centró en si esa restricción viola el derecho de las plataformas a curar y presentar contenido generado por terceros según su criterio editorial.
La EFF, CDT y Wikimedia: el brief que invierte el eje del debate
El amicus curiae presentado por la EFF junto al Center for Democracy & Technology y la Wikimedia Foundation desplazó el centro de gravedad del litigio. El argumento central es que los sistemas de recomendación tienen una función dual en redes sociales: ayudan a los usuarios a descubrir el discurso de otros y, al mismo tiempo, permiten que su propio contenido llegue a una audiencia más amplia. Restringir esa función sin consentimiento parental equivale, según el brief, a imponer cargas sustanciales sobre la capacidad de los jóvenes de leer, comentar, distribuir y recibir discurso protegido constitucionalmente. El documento menciona expresamente el impacto sobre actividades como seguir noticias, debatir política, compartir arte, expresar creencias religiosas o conectar con comunidades de fe.
El argumento no es menor: si el Noveno Circuito acepta que los menores de edad son titulares plenos de derechos de expresión afectados por SB 976, el estándar de escrutinio aplicable sube. Una ley que impone cargas amplias sobre el discurso debe superar un test de proporcionalidad estricto, lo que hace mucho más difícil su supervivencia constitucional.
Qué propone la EFF como alternativa regulatoria viable
La EFF no objeta que California legisle para proteger a los menores en internet; objeta que lo haga de esta forma. En su brief, la organización esboza un camino alternativo: leyes que exijan a los servicios minimizar la recolección de datos, limitar prácticas de análisis invasivo —rastreo entre plataformas, análisis de pulsaciones de teclas, vigilancia intensiva de comportamiento— y restringir el uso de esos datos para construir perfiles de usuarios. Ese tipo de norma apuntaría directamente al modelo de negocio basado en vigilancia que, según la EFF, es la causa real del daño, y sería más estrecha en su alcance que una prohibición general de contenido recomendado.
El mapa regulatorio en LATAM: menores, algoritmos y escasez de precedentes
América Latina observa el caso con interés propio. Brasil aprobó en 2024 restricciones al uso de redes sociales por menores de 14 años mediante la Ley 14.811, que también toca la responsabilidad de las plataformas por contenidos algorítmicos dañinos; su reglamentación sigue en construcción y enfrenta tensiones similares sobre libertad de expresión digital. En Colombia, la Ley 2300 de 2023 limitó el uso de dispositivos en entornos escolares pero no reguló algoritmos de recomendación. Argentina no cuenta con legislación específica sobre feeds algorítmicos para menores: la Ley 26.061 de protección integral de niñas, niños y adolescentes no contempla el entorno digital, y los intentos legislativos de actualización no han prosperado. México, por su parte, no tiene aún una norma equivalente a SB 976, aunque la discusión sobre redes sociales y menores se ha activado en el Congreso desde 2023.
El patrón regional es claro: los legisladores latinoamericanos están siguiendo de cerca el modelo californiano como referencia, pero el litigio Meta v. Bonta podría mostrar que copiar ese modelo sin adaptarlo acarrea riesgos constitucionales propios. Las constituciones de Brasil (artículo 5), Argentina (artículos 14 y 32) y México (artículo 6) protegen la libertad de expresión con un alcance que, si bien no es idéntico al de la Primera Enmienda estadounidense, ha sido interpretado por sus tribunales como aplicable al entorno digital.
Qué monitorear: el fallo del Noveno Circuito y su efecto de irradiación
El Noveno Circuito aún no tiene fecha de fallo. Lo que se resuelva en Meta v. Bonta tendrá consecuencias que van más allá de California: al menos doce estados estadounidenses tienen normas similares o en trámite legislativo, y todas podrían verse afectadas por el precedente. Para los equipos legales de plataformas con operaciones en América Latina, el resultado marcará si la estrategia regulatoria global puede seguir apoyándose en controles de feeds algorítmicos o si deben migrar hacia arquitecturas de privacidad por diseño centradas en la recolección de datos.
Nuestro análisis: la SB 976 equivocó el instrumento, no el objetivo
El argumento de la EFF es técnicamente sólido y políticamente incómodo para los impulsores de la ley. SB 976 partió de un diagnóstico correcto —los algoritmos de recomendación pueden ser dañinos para adolescentes— pero eligió un instrumento regulatorio que interviene en el flujo del discurso en lugar de atacar la infraestructura de datos que lo hace posible. Esa distinción importa: una ley que restringe qué contenido ves es mucho más vulnerable constitucionalmente que una ley que restringe cuánto saben de ti. La alternativa que propone la EFF —minimización de datos, restricción de rastreo entre servicios, limitación de análisis de comportamiento— es, además, más alineada con el marco conceptual del GDPR europeo y con la dirección que toman las reformas de privacidad en América Latina bajo influencia del modelo de Bruselas. Si el Noveno Circuito invalida SB 976, la señal para la región debería leerse no como “no regulen algoritmos” sino como “regulen los datos que los alimentan”.
La pregunta que queda abierta para legisladores en Buenos Aires, Bogotá, Ciudad de México y Brasilia es cuál de los dos caminos están dispuestos a recorrer: el que es políticamente visible a corto plazo o el que tiene mayor probabilidad de sobrevivir un control judicial riguroso.





