LATAM Airlines informó una intrusión en sus sistemas que habría comprometido datos de pasajeros, según se reportó el 20 de agosto de 2025. La aerolínea, con operaciones en toda América Latina, reconoció la brecha y no descartó la exposición de información personal.
La compañía emitió una comunicación en la que confirmó haber detectado un acceso no autorizado a su infraestructura tecnológica. Según se informó, la intrusión podría haber resultado en la exposición de datos pertenecientes a pasajeros, aunque al momento de la publicación no se precisaron el volumen de registros afectados ni la naturaleza exacta de la información comprometida. El incidente fue recogido por medios de la región, entre ellos Montevideo Portal, el 20 de agosto de 2025.
Lo que LATAM confirmó y lo que aún falta precisar
- Acceso no autorizado a sistemas internos: confirmado por la aerolínea.
- Posible exposición de datos de pasajeros: reconocida por la empresa, sin cuantificar.
- Tipo de datos comprometidos (nombre, documento, correo, historial de vuelos, datos de pago): no confirmado al cierre de esta nota.
- Número de registros afectados: no divulgado.
- Países con pasajeros potencialmente afectados: no especificados, aunque LATAM opera en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Uruguay, entre otros.
Obligaciones regulatorias en los países donde opera LATAM
La exposición de datos de pasajeros activa marcos regulatorios distintos según el país. En Brasil, la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD) establece la obligación de notificar a la Autoridade Nacional de Proteção de Dados (ANPD) y a los titulares afectados en un plazo razonable cuando el incidente pueda acarrear riesgo o daño relevante. En Argentina, la Ley 25.326 y las disposiciones de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) contemplan deberes de notificación ante brechas con potencial afectación a titulares. En Chile, la nueva Ley 21.719 —en vigor desde 2026— impone plazos y procedimientos específicos de reporte al Consejo para la Transparencia. Colombia, por su parte, cuenta con la Ley 1581 y la supervisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El incumplimiento de estos plazos puede derivar en sanciones administrativas en cada jurisdicción.
Desde el ángulo de gobernanza de datos, un incidente de este tipo en una aerolínea regional plantea preguntas sobre el nivel de clasificación y segmentación de los datos de pasajeros dentro de sus sistemas. La información de viajeros frecuentes puede combinar datos de identidad, financieros y de comportamiento, lo que eleva la categoría de riesgo de cualquier exposición. Organizaciones que procesan ese volumen y variedad de datos personales deberían contar con inventarios de activos actualizados y controles de acceso diferenciados por tipo de dato, según las recomendaciones del marco DAMA-DMBOK en su dominio de seguridad de datos.
El próximo hito crítico es la confirmación oficial por parte de LATAM del alcance de la brecha y el inicio formal de las notificaciones a las autoridades de protección de datos de los países involucrados, plazo que en varias jurisdicciones de la región no puede superar los 72 horas desde la detección del incidente.





