Rusia eliminó nuevamente aplicaciones de VPN del App Store de Apple en territorio ruso y añadió a Apple y Microsoft a su registro estatal de vigilancia, según informaron Bloomberg y Apple Insider en octubre de 2026. El patrón —bloquear herramientas de privacidad, luego exigir acceso a comunicaciones— tiene un recorrido documentado de al menos dos años y plantea preguntas concretas para reguladores y usuarios de América Latina.
Una VPN (red privada virtual) permite que el tráfico de internet de un usuario salga desde un servidor externo, de modo que el sitio visitado registra la dirección IP de ese servidor y no la del usuario real. El símil más preciso es el de una casilla de correo postal: el remitente recibe el sobre, pero no sabe desde qué domicilio fue enviado. Esa propiedad es lo que hace a las VPN útiles tanto para proteger la privacidad cotidiana como para acceder a contenido bloqueado por decisión gubernamental.
La cronología rusa: de bloqueos de redes sociales al registro de vigilancia de Apple
El escalamiento no fue repentino. En 2024, Roskomnadzor —el organismo estatal ruso de supervisión de medios— ordenó la eliminación de apps VPN del App Store tras haber bloqueado plataformas sociales occidentales y listas negras de medios de oposición, según reportó The Moscow Times. En 2025, Russia bloqueó FaceTime, según informó Apple Insider. El paso de octubre de 2026 agrega una dimensión nueva: la incorporación de Apple y Microsoft al registro estatal de vigilancia le otorga a Roskomnadzor acceso legal a la correspondencia de usuarios locales y obliga a ambas compañías a entregar información de clientes a los servicios de seguridad cuando así se les requiera.
El resultado es una compresión sistemática de opciones: primero se bloquean las plataformas, luego se eliminan las herramientas que permiten sortear esos bloqueos, y finalmente se obliga a los proveedores de infraestructura a convertirse en canales de acceso estatal. Cada paso refuerza al siguiente.
Cuándo aplica este modelo de control / cuándo no es comparable
El caso ruso es extremo en su alcance e institucionalización, pero el mecanismo subyacente —presionar a las tiendas de aplicaciones para retirar software de privacidad— no requiere un aparato de censura equivalente para activarse. Basta con una disposición administrativa que clasifique ciertas herramientas como riesgo para el orden público o la seguridad nacional, categorías presentes en legislaciones de varios países de la región. En Venezuela, por ejemplo, la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (conocida como Ley Resorte) otorga al regulador CONATEL facultades amplias para restringir contenidos y servicios digitales. En Ecuador y Bolivia existen precedentes de bloqueos temporales de plataformas durante períodos de conflicto social. El modelo ruso no es una rareza irreplicable; es una versión avanzada de dinámicas que ya aparecen, en escala menor, en distintos puntos del continente.
Donde la comparación no aplica directamente es en países con marcos constitucionales de acceso a la información robustos y con autoridades de protección de datos independientes activas —como Brasil con la Autoridade Nacional de Proteção de Dados (ANPD) bajo la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD), o Chile con su nueva Ley 21.719 de Protección de Datos Personales—, aunque incluso esos marcos no contemplan explícitamente la protección de herramientas de privacidad técnica como las VPN.
El eje legal: ¿tienen las VPN protección normativa en América Latina?
La respuesta corta es que en la mayoría de los países de la región no existe una protección explícita para las herramientas de anonimización o cifrado. Argentina no regula el uso de VPN en su Ley 25.326 de Protección de Datos Personales ni en la Ley 27.078 de Telecomunicaciones (Argentina Digital), aunque sí reconoce el derecho a la privacidad en comunicaciones como principio constitucional. México carece de una prohibición expresa, pero la LFPDPPP tampoco garantiza el uso de herramientas técnicas de privacidad. En Colombia, la Ley 1581 de 2012 protege datos personales sin abordar mecanismos técnicos de protección.
Esa laguna normativa es relevante: si un gobierno de la región decidiera exigir a Apple o Google que retiren apps VPN de sus tiendas locales con base en una resolución administrativa, no habría un texto legal específico que los usuarios o desarrolladores pudieran invocar en su defensa de forma directa. La vía quedaría abierta a argumentos constitucionales de libre expresión y privacidad, pero ese es un camino más largo y más incierto.
Qué observar en los próximos meses
Tres indicadores merecen seguimiento para quienes trabajan en privacidad y regulación digital en la región. Primero, si algún gobierno de América Latina utiliza el precedente ruso para justificar medidas similares ante sus propias legislaturas o reguladores. Segundo, cómo responden Apple y Google a presiones administrativas locales: la forma en que ambas compañías cedieron ante Roskomnadzor es un antecedente de comportamiento corporativo frente a demandas estatales. Tercero, si los procesos de reforma legal en curso —como la discusión del nuevo marco de telecomunicaciones en Brasil o las reglamentaciones de la Ley 21.719 en Chile— incorporan o no lenguaje que proteja herramientas de privacidad técnica.
El texto de referencia para quienes quieran profundizar en el marco técnico y legal de las VPN como herramienta de privacidad es la guía de la Electronic Frontier Foundation disponible en ssd.eff.org, que detalla criterios para evaluar proveedores y escenarios de uso justificado. Para el marco normativo regional, la ANPD de Brasil publica periódicamente orientaciones sobre medidas técnicas de protección que constituyen el referente más desarrollado de la región hasta la fecha.





